Capítulo I. Disposiciones
Generales
Artículo 1: El presente
Reglamento Orgánico tiene por objeto determinar la estructura organizativa y
funcional de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio
Económicos (SUNDDE), así como establecer la distribución de las funciones
correspondientes a las distintas dependencias que lo integran.
Artículo 2: La
Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos
estará integrada por: el Despacho del Superintendente o la Superintendenta
Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos, el Despacho del
Intendente o Intendenta de Costos, Ganancias y Precios Justos, el Despacho del
Intendente o Intendenta de Protección de los Derechos Socio Económicos y demás
dependencias administrativas señaladas en este Reglamento y el Reglamento
Interno.
Capítulo II.
Del Despacho del Superintendente o Superintendenta Nacional para la Defensa de
los Derechos Socio Económicos
Artículo 3: El Despacho
del Superintendente o Superintendenta Nacional para la Defensa de los Derechos
Socio Económicos estará integrado por: la Dirección del Despacho, Consultoría
Jurídica, Oficina de Comunicaciones, Oficina de Sistemas y Tecnologías de la
Información, Oficina de Planificación, Presupuesto y Organización, Oficina de
Formación, Participación y Atención al Poder Popular, Oficina de Talento
Humano, Oficina de Convenios y Relaciones Institucionales, Oficina de
Administración y Finanzas, Oficina de Análisis Estratégico y Seguimiento de la
Gestión y la Dirección General de Regiones. Los titulares de estas unidades
tendrán el rango de Director o Directora General.
Artículo 4: El
Superintendente o la Superintendenta Nacional para la Defensa de los Derechos
Socio Económicos ejercerá y hará cumplir las funciones, atribuciones y
competencias establecidas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
Orgánica de Precios Justos y representará la gestión institucional de la
Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos.
Además de las previstas en el Decreto Ley antes
mencionado, tendrá como funciones:
1. Conocer de
los recursos jerárquicos contra los actos administrativos emanados de la
Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos, así como de la Intendencia
de Protección de los Derechos Socio Económicos.
2. Ejercer la
rectoría del Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas
(RUPDAE) de la SUNDDE.
3. Las demás
funciones asignadas o atribuidas por el Presidente o Presidenta de la
República, el Órgano de adscripción y demás normativas legales en materia de su
competencia.
Artículo 5: Corresponde
a la Dirección del Despacho:
1. Apoyar al
Superintendente o a la Superintendenta de la SUNDDE en la dirección,
orientación, supervisión y control, así como efectuar el registro y seguimiento
inherentes a las actividades del Despacho de la SUNDDE.
2.Preparar las
reuniones, convocarlas y llevar las actas o minutas correspondientes.
3.Servir de
enlace con los demás organismos del Estado, así como en las relaciones con
otras instituciones en materia de precios justos, siguiendo lineamientos del
Superintendente o la Superintendenta de la SUNDDE.
4. Cumplir y
hacer cumplir las instrucciones impartidas por el Superintendente o la
Superintendente a las diferentes unidades organizativas de la SUNDDE.
5. Difundir a
las distintas unidades organizativas de la SUNDDE los lineamientos y
directrices emanados por el Superintendente o la Superintendenta de la SUNDDE.
6. Asistir en
la preparación de asuntos que deban someterse a la consideración del
Superintendente o la Superintendenta de la SUNDDE.
7. Coordinar
con las unidades competentes el apoyo logístico en las giras y eventos en los
cuales participe la SUNDDE.
8.Las demás
que le confiera el Superintendente o la Superintendenta Nacional para la
Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en materia
de su competencia.
Artículo 6: Le
corresponde a la Consultoría Jurídica:
1.Asesorar
jurídicamente al Superintendente o la Superintendenta de la SUNDDE, así como
las demás unidades organizativas que la integran.
2. Representar
a la SUNDDE previo cumplimiento de las formalidades exigidas en la Ley, tanto
en sede judicial como administrativa.
3. Preparar y
revisar los contratos, convenios y demás documentos legales en los cuales deba
intervenir la SUNDDE.
4. Certificar
las copias de documentos y expedientes cuyos originales reposen en la SUNDDE.
5. Visar todos
los documentos que se presenten para ser suscritos por la Superintendenta o el
Superintendente, en especial contratos, convenios y providencias
administrativas.
6. Compilar
las Leyes, Decretos, Resoluciones y demás documentos que se refieran a la
SUNDDE, así como seleccionar, sistematizar, y divulgar la doctrina y
jurisprudencia que verse sobre las materias de su competencia.
7. Dar opinión
con el objeto de determinar procedencia de la sanción de destitución a los
funcionarios de la SUNDDE.
8. Elaborar
dictámenes de carácter vinculante y no vinculante, informes y documentos en
materias de su competencia.
9. Coordinar
los servicios de asesoría jurídica que prestan los abogados adscritos a las
distintas unidades organizativas de la SUNDDE, así como aprobar los formularios
y modelos de actuaciones de las mismas, a fin de promover la unificación de la
doctrina para lograr uniformidad en las opiniones jurídicas que se emitan en
tales dependencias.
10.Revisar los
aspectos jurídicos del contenido de las ponencias donde participe la SUNDDE.
11. Participar
en la elaboración de proyectos de Leyes, Reglamentos, Decretos, Resoluciones,
Providencias Administrativas y otros instrumentos jurídicos relacionados con
las competencias propias de la SUNDDE.
12. Organizar y
evaluar las funciones de las unidades organizativas adscritas a la Consultoría
Jurídica.
13. Formular el
Plan Operativo Anual de la Consultoría Jurídica.
14. Generar el
Informe de Gestión mensual, trimestral y anual de la Consultoría Jurídica.
15. Las demás
que le confiera la Superintendenta o Superintendente Nacional para la Defensa
de los Derechos Socio Económico y demás normativas legales en materia de su
competencia.
Artículo 7: Le
corresponde Oficina de Comunicaciones:
1. Elaborar y
proponer al Superintendente o Superintendenta el establecimiento de objetivos,
estrategias y políticas comunicacionales, a objeto de garantizar la unidad de
criterio en relación a la imagen y divulgación de la gestión de la SUNDDE.
2. Diseñar y
establecer las políticas comunicacionales y de interrelación con los medios de
comunicación, siguiendo los lineamientos del órgano rector en la materia.
3. Establecer
los lineamientos para el análisis del impacto comunicacional en el pueblo
venezolano de las presentaciones y comunicados realizados por la SUNDDE.
4. Facilitar
información estratégica y de estrategias comunicacionales, a la SUNDDE.
5. Crear y
facilitar nexos entre la institución y otros organismos del Estado en materia
comunicacional.
6. Proyectar
las actividades y los logros alcanzados por la SUNDDE.
7. Diseñar,
coordinar e implementar, los programas de promoción, difusión y divulgación.
8.Aplicar las
directrices que emanen del órgano rector en el área de comunicación e
información, en todo lo relacionado con la materia de su competencia.
9. Establecer
y mantener un adecuado Sistema de Control Interno de las actividades que se
ejecuten en la Oficina, a través de la aplicación del control perceptivo
pertinente.
10. Organizar y
regular las funciones de las unidades organizativas adscritas a esta Oficina.
11. Formular el
Plan Operativo Anual de la Oficina de Comunicaciones.
12. Generar el
Informe de Gestión mensual, trimestral y anual de la Oficina de Comunicaciones.
13. Las demás
que le confiera el Superintendente o la Superintendenta Nacional para la
Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en materia
de su competencia.
Artículo 8: Corresponde
a la Oficina de Formación, Participación y Atención al Poder Popular:
1. Promover la
participación activa de las comunidades organizadas y otras formas asociativas,
en la implementación y aplicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
Orgánica de Precios Justos.
2. Diseñar e
implementar mecanismos y estrategias que permitan hacer efectiva la
corresponsabilidad de las comunidades organizadas, en la aplicación y
cumplimiento del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios
Justos, previa aprobación del Superintendente o la Superintendenta de la
SUNDDE.
3. Orientar a
la comunidad sobre el alcance y las competencias de la SUNDDE.
4.Articular
con los órganos públicos con competencia en comunas y participación social.
5. Participar
en el diseño de la política de información y educación de la cultura de costos
y precios y de las publicaciones sobre la materia.
6. Fomentar
proyectos socios productivos en las comunidades para garantizar el
abastecimiento de los productos regularizados a precios justo, en comunidades
locales.
7.Impulsar una
metodología de abordaje comunitario que fomente la investigación, formación y
difusión en torno al establecimiento de precios y a la aplicación del Decreto
con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos, en las
comunidades.
8. Elaborar
informes de los resultados obtenidos y difundirlos a todas las unidades administrativas
de la SUNDDE.
9. Articular
con las unidades organizativas, a fin de concertar una planificación organizada
de la Oficina de Formación, Participación y Atención al Poder Popular, a objeto
de coordinar los temas de Interés entre la SUNDDE y la comunidad.
10. Formular el
Plan Operativo Anual de la Oficina de Formación, Participación y Atención al
Poder Popular.
11. Generar el
Informe de Gestión mensual, trimestral y anual de la Oficina de Formación,
Participación y Atención al Poder Popular.
12.Las demás
que le confiera el Superintendente o la Superintendenta Nacional para la
Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en materia
de su competencia.
Artículo 9: Corresponde
a la Oficina de Planificación, Presupuesto y Organización:
1. Dictar los
lineamientos y participar en la formulación, políticas, planes institucionales
y operativos de la SUNDDE, asegurando su articulación con el(Sic) Planes de la
Patria, y los demás planes, de acuerdo con los lineamientos del órgano rector
en la materia.
2. Asistir y
asesorar a las máximas autoridades de la SUNDDE, a las unidades organizativas,
en materia de planificación, presupuesto y organización.
3.Elaborar y
consolidar el Proyecto de Plan Operativo Anual de cada una de las unidades
organizativas, áreas sustantivas y operativas de la SUNDDE.
4. Elaborar y
consolidar el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Gastos en articulación con
las unidades organizativas responsables de las acciones centralizadas.
5. Hacer
seguimiento, control y evaluación de la ejecución física de los planes
operativos y del presupuesto ordinario y extraordinario de las unidades
organizativas y operativas de la SUNDDE, así como aquellos que sean desarrollos
en forma conjunta o complementaria con otros organismos de la administración
pública.
6.Apoyar en
materia de ejecución presupuestaria a las unidades organizativas de la
Superintendencia en relación a los planes y proyectos, y tomar las previsiones
necesarias para dar cumplimiento a los objetivos establecidos.
7. Suministrar
información al órgano rector sobre los resultados de la gestión operativa de la
SUNDDE y cualquier otra información que sea necesaria para los fines
pertinentes.
8. Coordinar
la elaboración de la Memoria y Cuenta de la SUNDDE y suministrar la información
que fuera requerida para la elaboración del Mensaje Presidencial y enviarla a las
instancias correspondientes.
9. Diseñar los
procesos de cada unidad administrativa y evaluar los planes tendientes a lograr
las reformas administrativas y los estudios en materia de desarrollo
organizativo de la SUNDDE.
10. Diseñar,
analizar e instrumentar sistemas, manuales de normas y procedimientos,
formularios, flujogramas y organigramas de la Superintendencia.
11. Diseñar,
implementar y coordinar el sistema de control de gestión y evaluación de la
gestión institucional de acuerdo a la normativa legal vigente, en materia de la
planificación operativa.
12. Formular el
Plan Operativo Anual de la Oficina de Planificación, Presupuesto y
Organización.
13. Generar el
Informe de Gestión mensual, trimestral y anual de la Oficina de Oficina(Sic) de
Planificación, Presupuesto y Organización.
14. Las demás
que le confiera el Superintendente o la Superintendenta Nacional para la
Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en materia
de su competencia.
Artículo 10: Corresponde
a la Oficina de Talento Humano:
1. Elaborar y
proponer al Superintendente o Superintendenta, el establecimiento de objetivos,
estrategias, políticas y normas, dirigidas a optimizar la administración y
desarrollo del talento humano de la SUNDDE.
2. Elaborar
los planes de personal de conformidad con lo establecido en el marco legal
aplicable, así como, con cualquier otra normativa interna establecida en
función de las directrices emanadas por el Superintendente o la Superintendenta
de la SUNDDE y por el Órgano de adscripción competente.
3. Evaluar y
controlar la ejecución de los planes de personal de la SUNDDE, establecidos
anualmente, garantizando que la estructura de personal se adecúe a las
necesidades y requerimientos del órgano, en el contexto del presupuesto
aprobado.
4. Facilitar
asesoría al personal de la SUNDDE, en todo lo relacionado con el Sistema de
Talento Humano.
5. Establecer
los lineamientos para la atención, orientación y canalización de las
solicitudes, quejas y reclamos de servidores y servidoras públicos de la
SUNDDE, a fin de propiciar relaciones laborales armónicas.
6. Facilitar
la dirección y unidad de los procesos de evaluación de desempeño y eficiencia
de los servidores y servidoras públicos de la SUNDDE.
7. Coordinar
el diseño del programa de Formación del Personal de la SUNDDE, basado en el diagnóstico
de necesidades reales.
8. Establecer
los lineamientos para el ingreso y/o ascenso de los servidores y servidoras
públicos, según las bases y baremos aprobados por el Superintendente o la
Superintendenta de la SUNDDE.
9. Coordinar
con todas las unidades organizativas los movimientos de personal a que hubiere
lugar según las necesidades de las mismas.
10. Establecer
los lineamientos para el control y seguimiento del cumplimiento del Estatuto de
Personal de la SUNDDE, de acuerdo a los lineamientos emanados por el
Superintendente o la Superintendenta de la SUNDDE.
11. Establecer
los lineamientos para el control y seguimiento del cumplimiento de las normas y
procedimientos relativos a la administración del talento humano, en procura de
una gestión administrativa eficiente y eficaz.
12. Establecer
los lineamientos para el control y seguimiento del eficiente desarrollo del
sistema de retribución y beneficios socio - económicos para el personal de la
SUNDDE.
13. Establecer
los lineamientos para instruir los expedientes a que hubiere lugar, en los
casos que pudieren generar la aplicación de las sanciones al personal de la
SUNDDE, previstas en la ley.
14. Desarrollar
los lineamientos para el uso de técnicas preventivas de control y prevención de
riesgo laboral, proponiendo sistemas de seguridad laboral e higiene con las
actividades desarrolladas por las diferentes unidades organizativas de la
SUNDDE.
15.Facilitar la
comunicación y enlace entre la SUNDDE y los organismos del Estado, en materia
de personal.
16. Formular el
Plan Operativo Anual de la Oficina de Talento Humano.
17. Generar el
Informe de Gestión de la Oficina de Talento Humano.
18. Las demás
funciones que le confiera el Superintendente o la Superintendenta Nacional para
la Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en
materia de su competencia.
Artículo 11: Corresponde
a la Oficina de Administración y Finanzas:
1.Programar,
dirigir, coordinar y supervisar los servicios administrativos requeridas por la
SUNDDE.
2.Dirigir,
coordinar, controlar y supervisar la adquisición de suministros de materiales
de oficina, como también las contrataciones de servicios y obras menores según
los niveles establecidos por las leyes y reglamentos que regulan este proceso.
3. Coordinar
la ejecución de los contratos y convenios suscritos por la SUNDDE, para la
adquisición de bienes o la prestación de servicios, según los niveles
establecidos en la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento.
4. Establecer
e impartir lineamientos, así como, asesorar en la materia de su competencia, a
las demás unidades organizativas de la SUNDDE.
5. Rendir
cuentas sobre las materias de su competencia, ante las autoridades y unidades
competentes, conforme a lo establecido en el marco legal aplicable.
6. Programar,
organizar y ejecutar las actividades relacionadas a la prestación de servicios
generales, mantenimiento y limpieza de las instalaciones de la SUNDDE.
7. Establecer
los lineamientos para el almacenamiento de materiales y los servicios de
mantenimiento, destinados a facilitar el desarrollo de las actividades de las
diferentes unidades organizativas de la SUNDDE.
8. Desarrollar
las actividades correspondientes al mantenimiento preventivo y correctivo de
las instalaciones físicas, mobiliario, equipos de oficina, y demás activos de
su competencia.
9. Establecer
los mecanismos para dirigir, coordinar y controlar los bienes nacionales
muebles e inmuebles pertenecientes a la SUNDDE y mantener actualizados los
inventarios respectivos, realizando actualizaciones cada tres (3) meses.
10. Establecer
los lineamientos de protección de los bienes de la SUNDDE, manteniendo
actualizados los inventarios respectivos.
11. Ejecutar
los procesos de control para la incorporación, desincorporación, enajenación,
traslado y codificación de los bienes muebles e inmuebles, a fin de mantener
actualizado el sistema de Inventario de bienes de la SUNDDE.
12. Establecer
los lineamientos para el control y seguimiento de las mudanzas internas y
externas de mobiliario y equipos requeridas por las diferentes unidades
organizativas de la SUNDDE.
13. Organizar
y regular las funciones de las unidades organizativas adscritas a esta
Dirección.
14. Programar y
coordinar las actividades requeridas para garantizar el funcionamiento de los
Servicios Básicos, en las instalaciones de la SUNDDE.
15. Realizar
los servicios menores de remodelación y mantenimiento preventivo y correctivo
de las instalaciones de la SUNDDE.
16. Formular el
Plan Operativo anual de la Dirección de Administración, contentivo del Plan de
Compras y ejercer las competencias del coordinador de la acción centralizada
respectiva de acuerdo a lo establecido en el Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica
de la Administración Financiera del Sector Público.
17.Formular el
Plan Operativo Anual de la Oficina de Administración y Finanzas.
18. Generar el
Informe de Gestión de la Oficina de Administración y Finanzas.
19. Las demás
funciones que le confiera el Superintendente o la Superintendenta Nacional para
la Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en
materia de su competencia.
Artículo 12: Corresponde
a la Oficina de Sistemas y Tecnologías de la Información:
1. Proponer,
formular, organizar, dirigir e implementar las políticas y planes de aplicación
y de uso de tecnologías de la información y de las comunicaciones, de manera
que estos provean soporte a la operación de la SUNDDE.
2. Planificar,
organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con los sistemas de
información.
3. Planificar,
organizar, dirigir y controlar las actividades técnicas relacionadas con los
sistemas de comunicación de voz y de datos.
4. Formular,
proponer y dirigir el desarrollo y aplicación de políticas, prácticas,
procedimientos y funciones que aseguren los niveles adecuados de
confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas de información,
de los datos y de las comunicaciones del sistema de la SUNDDE.
5. Planear y
desarrollar proyectos que aseguren el ciclo de vida a los sistemas de
información y que brinde soporte a las estrategias de la SUNDDE.
6. Planear y
desarrollar sistemas informáticos e implementar nuevas tecnologías para
optimizar los existentes.
7.Dirigir las
políticas de procesamiento electrónico y aseguramiento de calidad de datos de
la SUNDDE.
8. Dirigir y
controlar la implementación de los objetivos, políticas, planes, metas y
presupuestos aprobados para la Oficina de Sistemas y Tecnologías de la
Información, así como las directivas formuladas por el Superintendente o la
Superintendenta.
9. Brindar
asesoría a todas las unidades organizativas de la SUNDDE, en asuntos de su
competencia.
10. Formular el
Plan Operativo Anual de la Oficina de Sistemas y Tecnologías de la Información.
11.Generar el
Informe de Gestión de la Oficina de Sistemas y Tecnologías de la Información.
12. Las demás
funciones que le confiera el Superintendente o la Superintendenta Nacional para
la Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en
materia de su competencia.
Artículo 13: Corresponde
a la Oficina de Análisis Estratégico y Seguimiento de Gestión:
1. Impartir
lineamientos para análisis estructural, coyuntural y mediático que contribuyan
a la eficiencia en la toma de decisiones.
2. Evaluar la
información de carácter estratégico nacional en materia de seguridad y defensa
integral, proveniente de los órganos competentes.
3. Ordenar la
elaboración de informes sobre tendencias y escenarios que sirvan de soporte
para la toma de decisiones.
4. Analizar
los informes de gestión realizados según lo estimado en el Plan Estratégico
Institucional y sus Objetivos Estratégicos.
5. Analizar
los resultados o impactos del seguimiento y la evaluación de las políticas
públicas que están bajo la responsabilidad de la SUNDDE.
6. Informar al
Superintendente o Superintendenta de la SUNDDE sobre los temas de interés
nacional e internacional.
7. Coordinar
con la Oficina de Planificación, Presupuesto y Organización el diseño de
indicadores y las estrategias de seguimiento, para medir el impacto de las
políticas formuladas por la SUNDDE.
8. Coordinar
las negociaciones interinstitucionales, con el apoyo de la Oficina de
Planificación y Presupuesto, necesarias para lograr los acuerdos que le
otorguen la viabilidad de las políticas, planes y programas de la SUNDDE.
9. Desarrollar
y mantener actualizado el sistema de información requerido para el análisis de
las políticas públicas y su impacto bajo la responsabilidad de la SUNDDE.
10. Hacer el
seguimiento y evaluar la gestión de las unidades organizativas, en el marco de
las directrices, estrategias y demás planes y programas sectoriales, bajo la
competencia de la SUNDDE.
11. Efectuar
los análisis del entorno que permitan mejorar el diseño y ejecución de las
estrategias de la SUNDDE.
12.Evaluar,
dirigir, y en su caso, elaborar, escenarios macroeconómicos y sociales, a
mediano y largo plazo y sus trayectorias de ejecución.
13. Elaborar
análisis de coherencia y de viabilidad económica, social y política,
identificando trayectorias de los programas a ejecutar, medidas a aplicar y el
juego de actores a desarrollar.
14. Participar
en el análisis y discusión de los requerimientos distribución de los recursos
financieros vinculados con el desarrollo regional, procurando la coordinación e
integración de las instancias gubernamentales y gubernamentales y la
compatibilización de estos requerimientos y recursos con los planes y
programas, políticas económicas, sociales y ambientales.
15.Coadyuvar al
mejoramiento de la calidad de las decisiones de carácter estratégico.
16. Asesorar al
Superintendente o la Superintendenta de la SUNDDE en la materia de competencia
sobre Precios Justos, así como a las demás unidades de organización de la
SUNDDE.
17. Formular el
Plan Operativo Anual de la Oficina de Análisis Estratégico y Seguimiento de
Gestión.
18. Generar el
Informe de Gestión de la Oficina de Análisis Estratégico y Seguimiento de
Gestión.
19. Las demás
funciones que le confiera el Superintendente o la Superintendenta Nacional para
la Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en
materia de su competencia.
Artículo 14: Corresponde a la Oficina de Convenios y
Relaciones Institucionales:
1. Formalizar,
a través de convenios, las relaciones institucionales con los entes del sector
público, sector privado, comunidad y Estado, en coordinación con la Consultoría
Jurídica de la SUNDDE.
2. Asesorar a
las unidades organizativas de la SUNDDE en la documentación y el procedimiento
administrativo que se requiere para la celebración de un convenio.
3. Difundir
los convenios celebrados por la SUNDDE, conjuntamente con la Oficina de
Comunicaciones de la SUNDDE.
4. Administrar
y supervisar el mantenimiento de la base de datos de convenios celebrados por
la SUNDDE.
5. Velar por
la ejecución de los convenios celebrados por la SUNDDE y realizar el seguimiento
correspondiente.
6. Realizar la
ejecución de los convenios celebrados por la SUNDDE.
7. Elevar
informes de los convenios celebrados por la SUNDDE, contentivo del seguimiento
de las acciones propuestas, identificando las fortalezas y debilidades con el
propósito de efectuar los ajustes pertinentes acordes a las necesidades
planteadas.
8. Controlar
la aplicación de normativas que regulan los convenios de la SUNDDE.
9. Organizar
actividades académicas, científicas, técnicas y socio - culturales de las
unidades organizativas de la SUNDDE, en coordinación con la Oficina de
Comunicaciones de la SUNDDE.
10. Implementar
programas de intercambios en las áreas de Interés para la SUNDDE.
11. Gestionar
acciones para la implementación de programas institucionales acordados con las
unidades organizativas de la SUNDDE.
12. Conformar
equipos de trabajo para proyectos surgidos de la SUNDDE: área técnica, área
administrativa y área legal.
13. Formular el
Plan Operativo Anual de la Oficina de Convenios y Relaciones Institucionales.
14. Generar el
Informe de Gestión de la Oficina de Convenios y Relaciones Institucionales.
15. Las demás
funciones que le confiera el Superintendente o la Superintendenta Nacional para
la Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en
materia de su competencia.
Artículo 15: Corresponde
a la Dirección General de Regiones:
1. Canalizar
los procesos administrativos a nivel regional ante las unidades organizativas
competentes de la SUNDDE.
2. Informar de
manera eficiente y oportuna al Superintendente o la Superintendenta de la
SUNDDE y demás unidades organizativas que conforman la estructura organizativa
de la SUNDDE, todas aquellas actividades ejecutadas por la Dirección en materia
de su competencia.
3. Dirigir,
coordinar y controlar los planes de acción en cumplimiento a las funciones
asignadas por el Superintendente o la Superintendenta.
4.Coordinar y
apoyar las acciones de las unidades regionales en el interior del país.
5. Proponer y
presentar políticas para el abordaje en las regionales conjuntamente con las
unidades organizativas que conforman el nivel sustantivos de la SUNDDE, a los
fines de impulsar y fomentar el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
Orgánica de Precios Justos.
6. Desarrollar
planes para la realización de diagnósticos e investigaciones dentro de las
comunidades que permita la visualización de los establecimientos productivos y
comerciales existentes en las regiones, a los fines de generar mapas económicos
en el cual se describan las localidades, actividades económicas y sujetos de
aplicación.
7. Promover en
las comunidades la formación, la investigación y la difusión en torno al
establecimiento de precios, defensa de los derechos socio-económico y al
reconocimiento de los factores que influyen en la cadena de costos, para
impulsar proyectos socio- productivos y la organización popular que solvente
estas problemáticas, conjuntamente con la Oficina de Formación, Participación y
Atención al Poder Popular.
8. Atender,
canalizar y tramitar los requerimientos, reclamos, denuncias y sugerencias a
petición del colectivo.
9. Apoyar a la
Oficina de Convenios y Relaciones Institucionales en los procesos de
articulación institucional en el ámbito regional, así como apoyar a la Oficina
de Comunicaciones en el ámbito de su competencia.
10. Prestar
apoyo las unidades organizativas de la SUNDDE en materia de conciliaciones y
promociones a nivel regional.
11. Formular el
Plan Operativo Anual de la Dirección General de Regiones.
12. Generar el
Informe de Gestión de la Dirección General de Regiones.
13. Las demás
funciones que le confiera el Superintendente o la Superintendenta Nacional para
la Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en
materia de su competencia.
Capítulo
III. Del Despacho del Intendente o Intendenta de Costos, Ganancias y Precios
Justos de la SUNDDE
Artículo 16: El
Intendente o la Intendenta de Costos, Ganancias y Precios Justos ejercerá la
rectoría en materia de estudios, análisis, control y regulación de costos para
la determinación del precio justo y márgenes de ganancias de los bienes y
servicios de acuerdo a su importancia económica y carácter estratégico en todo
el Territorio Nacional, previa aprobación del Superintendente o la
Superintendenta de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos
Socio Económico.
Artículo 17: Corresponde
al Despacho del Intendente o la Intendenta de Costos, Ganancias y Precios
Justos:
1. Informar al
Superintendente o la Superintendenta de la SUNDDE en materia de su competencia,
así como proveer la información y recomendaciones necesarias para el diseño de
políticas dirigidas a la regulación de precios.
2.
Diagnosticar, formular, coordinar, ejecutar y controlar los mecanismos de
captura, coordinación e intercambio de información entre los diferentes actores
internos y externos de la SUNDDE, mediante la definición de criterios, normas,
procedimientos y canales de intercambio que permita fortalecer las medidas de
regulación de precios.
3.Determinar
los precios justos en cualquiera de los eslabones de las cadenas de producción
o importación, distribución y consumo desarrolladas y aplicadas en el
Territorio de la República Bolivariana de Venezuela, previa aprobación del
Superintendente o la Superintendenta de la SUNDDE.
4. Fijar los
precios máximos y márgenes de ganancias de las cadenas de producción o
importación, distribución y consumo de los bienes y servicios en todo el
territorio Nacional.
5. Determinar
las ganancias máximas de los sujetos objeto de la aplicación del Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
6. Proponer lo
relativo a la emisión, circulación y control de formularios, planillas y demás
formas requeridas, para el uso de los sujetos sometidos a la aplicación del
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
7. Ejercer la
coordinación y supervisión del Registro Único de Personas que Desarrollan
Actividades Económicas (RUPDAE) de la SUNDDE a través de los procesos de
articulación con todos los registros que manejen información inherente a la
actividad económica, así como formar y asesorar a los usuarios del registro
contando para ello con una plataforma tecnológica, segura y accesible.
8. Tramitar y
aprobar todas las Certificaciones gestionadas por la Intendencia de Costos,
Ganancias y Precios Justos en cumplimiento a las funciones del Decreto con
Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
9. Diseñar,
implementar y aplicar metodologías que permitan identificar los componentes de
la estructura de costos de los bienes producidos, importados, comercializados
así como servicios prestados, con el fin de determinar los elementos del costo
que intervienen en la determinación del precio.
10. Diseñar,
implementar y aplicar metodologías para la determinación de los márgenes de
ganancias razonables y precios, de conformidad con el objeto del Decreto con
Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
11.Desarrollar
estudios y mecanismos de abordaje para adaptar, mejorar o modificar las
metodologías que permitan analizar costos, ganancias y otros elementos que
concurren en la determinación del precio; así como proveer estadísticas
oficiales generadas por la SUNDDE al Instituto Nacional de Estadísticas.
12. Servir de
enlace con los demás organismos del Estado, así como en las relaciones con
otras instituciones en materia de su competencia, siguiendo lineamientos del
Superintendente o la Superintendenta de la SUNDDE.
13. Elaborar propuestas
de instrumentos jurídicos en las materias de su competencia para la aplicación
del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos, en
coordinación con la Consultoría Jurídica de la SUNDDE.
14. Conocer de
los recursos a que haya lugar de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos.
15. Formular el
Plan Operativo Anual de la Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos.
16. Generar el
Informe de Gestión de la Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos y de
los proyectos institucionales.
17. Las demás
funciones que le confiera el Superintendente o la Superintendenta Nacional para
la Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en
materia de su competencia.
Artículo 18: La
Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos tendrá la adscripción de las
siguientes Direcciones Nacionales: Registros y Certificaciones; Ganancias y
Precios; Análisis de Costos; Investigación y Desarrollo Estadístico y
Seguimiento de Medidas.
Artículo 19: Corresponde
a la Dirección Nacional de Registros y Certificaciones:
1. Administrar
todos los registros de los órganos y entes del Estado que manejen Información
en materia de las actividades económicas.
2.Normar la
organización, funcionamiento, requisitos, deberes, procedimientos y usos de la
información que reposa en el Sistema RUPDAE, en el sentido planteado en el
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
3.Suministrar
información a las demás unidades organizativas adscritas a la Intendencia de
Costos, Ganancias y Precios Justos.
4. Atender a
los sujetos de aplicación para el registro de información en el Sistema RUPDAE.
5. Coordinar
con la Oficina de Formación, Participación y Atención al Poder Popular para
capacitar a los sujetos de aplicación en el registro de información en el
Sistema RUPDAE.
6. Conservar,
resguardar y custodiar la información que administra el Sistema RUPDAE.
7. Auditar el
dato que sea registrado por parte de los sujetos de aplicación en el Sistema
RUPDAE.
8. Certificar
la información registrada por los sujetos de aplicación ante el Sistema RUPDAE.
9. Emitir los
certificados de precios justos conforme lo dispuesto en el Decreto con Rango,
Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
10. Suministrar
la información de la base de datos que reposa en el Sistema RUPDAE a la
Dirección de Investigación y Desarrollo Estadístico.
11. Suministrar
la información correspondiente a la unidad, que complementará el Informe de
Gestión mensual, trimestral y anual de la Intendencia de Costos, Ganancias y
Precios Justos.
12.Suministrar
la información requerida para la Formulación del Plan Operativo Anual de la
Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos.
13. Las demás
funciones que le confiera el Superintendente o la Superintendente Nacional para
la Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en
materia de su competencia.
Artículo 20: Corresponde
a la Dirección Nacional de Ganancias y Precios:
1. Coordinar
con las unidades organizativas adscritas a la Intendencia de Costos, Ganancias
y Precios Justos para el levantamiento de propuesta de las políticas públicas.
2. Participar
en la elaboración de las Políticas Públicas para el establecimiento de
criterios para la determinación de los márgenes de ganancias razonables a todos
los actores de la cadena de comercialización, así como lo relativo a los
precios internacionales, según lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
3. Coordinar
con las unidades organizativas adscritas a la Intendencia de Costos, Ganancias
y Precios Justos para el levantamiento de propuesta de las políticas públicas.
4. Participar
en la elaboración de las Políticas Públicas para el establecimiento de
criterios para la determinación de los márgenes de ganancias razonables a todos
los actores de la cadena de comercialización, así como lo relativo a los
precios internacionales, según lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
5. Diseñar y
establecer mecanismos que permite recabar información de los diversos sectores
de la economía nacional, con la finalidad de determinar el margen de ganancia
razonable para cada uno de ellos, así como fijar los márgenes de ganancias de
los diversos eslabones de la cadena del valor de los procesos productivos y
prestación de servicio.
6. Realizar
estudios y diagnósticos de estrategias de mercadeo de las empresas y sectores
de la economía nacional; así como el estudio y asignación de los porcentajes de
ganancia, con miras a determinar los precios de los productos respetando, por
un lado la operatividad de las empresas y por otro la protección del ingreso de
todas las ciudadanas y ciudadanos, específicamente el salario de las
trabajadoras y los trabajadores; así como, el acceso a las personas a los
bienes y servicios para la satisfacción de sus necesidades.
7. Coordinar
con la Dirección de Investigación y Desarrollo Estadístico para la fijación de
los márgenes de ganancias basado en los estudios y diagnósticos realizados.
8.Desarrollar
mecanismos para captar información relativa al marco normativo, comercial e
impositivo de otras economías del mundo, considerando la mayor cantidad de
elementos que concurren en la formación del precio, cuando estos estén
disponibles públicamente; así como el monitoreo de la actividad económica y
política por país para observar su influencia en los precios de los bienes y
servicios a nivel internacional.
9. Captar
información de los precios de bienes y servicios nacionales y el resto del
mundo y la mayor cantidad de elementos que concurren en la formación del
precio, cuando estos estén disponibles públicamente, así como el diseño de
mecanismos para monitorear el comportamiento de los precios de bienes y
servicios importados.
10. Suministrar
información a las demás unidades organizativas adscritas a la Intendencia de
Costos, Ganancias y Precios Justos.
11. Proponer
las modificaciones, mejoras o cambios al Sistema RUPDAE para optimizar la
comprensión de la información solicitada a los sujetos de aplicación.
12. Suministrar
la información correspondiente a la unidad, que complementará el Informe de
Gestión mensual, trimestral y anual de la Intendencia de Costos, Ganancias y
Precios Justos.
13.Suministrar
la información requerida para la Formulación del Plan Operativo Anual de la
Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos.
14. Las demás
funciones que le confiera el Superintendente o la Superintendente Nacional para
la Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en
materia de su competencia.
Artículo 21: Corresponde
a la Dirección Nacional de Análisis de Costos:
1. Participar
con las unidades organizativas adscritas a la Intendencia de Costos, Ganancias
y Precios Justos para el levantamiento de propuesta de las políticas públicas.
2. Requerir a
los sujetos de aplicación toda la información necesaria adicional a la
registrada en el RUPDAE para el estudio y caracterización de los procesos
productivos de bienes y prestación de servicios.
3.Participar
en la elaboración de las Políticas Públicas para el establecimiento de
criterios para la determinación de los márgenes de ganancias razonables a todos
los actores de la cadena de comercialización, así como lo relativo a los
precios internacionales, según lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
4. Estudiar y
caracterizar los procesos productivos de los bienes y de prestación de
servicios, con la finalidad de determinar la estructura de costos de la
producción objeto de estudio, conjuntamente con las unidades adscrita a la
Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos, que permitan establecer el
costo real de los bienes y servicios necesarios para satisfacer las necesidades
de la población venezolana en cumplimiento a lo establecido en el Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
5. Requerir
apoyo a la Intendencia de Protección de los Derechos Socio Económicos cuando
sea necesaria la práctica de auditorías a los procesos productivos o de
prestación de servicio para la determinación del costo.
6. Estudiar y
analizar la información contable de las empresas productoras y prestadoras de
servicios, con la finalidad de construir las estructuras de costos de los
bienes y servicios, aplicando los Criterios generados en la Intendencia de
Costos, Ganancias y Precios Justos en cumplimiento a lo establecido en el
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
7. Conservar y
resguardar toda la información de la estructura de costos generadas por la
Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos.
8. Suministrar
información a las demás unidades organizativas adscritas a la Intendencia de
Costos, Ganancias y Precios Justos.
9.Proponer las
modificaciones, mejoras o cambios al Sistema RUPDAE para optimizar la
comprensión de la información solicitada a los sujetos de aplicación.
10. Suministrar
la información correspondiente a la unidad, que complementará el Informe de
Gestión mensual, trimestral y anual de la Intendencia de Costos, Ganancias y
Precios Justos.
11. Suministrar
la información requerida para la Formulación del Plan Operativo Anual de la
Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos.
12.Las demás
funciones que le confiera el Superintendente o la Superintendente Nacional para
la Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en
materia de su competencia.
Artículo 22: Corresponde
a la Dirección Nacional de Investigación y Desarrollo Estadístico:
1. Participar
con las unidades organizativas adscritas a la Intendencia de Costos, Ganancias
y Precios Justos para el levantamiento de propuesta de las políticas públicas.
2. Participar
en la elaboración de las Políticas Públicas para el establecimiento de
criterios para la determinación de los márgenes de ganancias razonables a todos
los actores de la cadena de comercialización, así como lo relativo a los
precios internacionales, según lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
3. Apoyar y
asesorar en el procesamiento y resguardo de información de y para la
Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos; así
como procesar y generar estadísticas oficiales generadas por la SUNDDE.
4. Proveer
estadísticas oficiales generadas por la Superintendencia Nacional para la
Defensa de los Derechos Socio Económicos al Instituto Nacional de Estadísticas.
5.Compilar,
procesar, ofrecer e informar el comportamiento de las variables económicas
nacionales, a las unidades vinculantes que conforman la Superintendencia
Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos lo cual permitirá
orientaciones para los planes de inspección y fiscalización.
6. Procesar,
normalizar y hacer disponible datos y demás información para el conjunto de las
unidades organizativas vinculantes de la Superintendencia, así como asesorar en
la construcción de estructuras de datos e informaciones inherentes a las
mismas.
7. Monitorear
y estudiar el entorno socio-económico, para generar criterios metodológicos y
conceptuales aplicables para la determinación de costos, ganancias y precios
justos.
8. Mantener un
seguimiento exhaustivo sobre el comportamiento de los costos, precios y
ganancias de los bienes y servicios, a fin de generar diagnósticos permanentes
de dichos rubros.
9. Realizar
estudios económicos que coadyuven en el análisis para generar recomendaciones
de políticas públicas en concordancia con el objeto del Decreto con Rango,
Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
10. Realizar
análisis del entorno socio-político, con el fin de dar las alertas oportunas y
necesarias de los elementos que afectan directa e indirectamente los precios en
el país.
11.
Desarrollar, proponer, difundir, gestionar y evaluar la política general
contable y demás temas relacionados, específicamente en la materia contabilidad
regulatoria del Estado en la actividad empresarial nacional.
12.Investigar,
desarrollar, documentar y establecer criterios sobre temas técnicos contables,
especialmente de costos, a través de proyectos que permitan regular la
actividad contable del sujeto de aplicación en provecho de las personas que
accedan a bienes y servicios en el país y permitir obtener el marco de
Contabilidad Regulatoria Nacional.
13. Desarrollar
programas o manuales de interpretación contable así como ejecutar la
capacitación necesaria para la adecuada aplicación de los mismos, en
concordancia con las investigaciones desarrolladas para la satisfacción de las
necesidades internas y externas.
14. Prestar
apoyo a las unidades organizativas de la Superintendencia en materia de
investigación y desarrollo estadístico.
15. Proponer
las modificaciones, mejoras o cambios al Sistema RUPDAE para optimizar la
comprensión de la información solicitada a los sujetos de aplicación.
16. Solicitar a
la Dirección de Registro y Certificaciones la Información de la Base Datos que
reposa en el Sistema RUPDAE.
17. Suministrar
información a las demás unidades organizativas adscritas a la Intendencia de
Costos, Ganancias y Precios Justos.
18. Suministrar
la información correspondiente a la unidad, que complementará el Informe de
Gestión mensual, trimestral y anual de la Intendencia de Costos, Ganancias y
Precios Justos.
19. Suministrar
la información requerida para la Formulación del Plan Operativo Anual de la
Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos.
20.Las demás
funciones que le confiera el Superintendente o la Superintendente Nacional para
la Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en
materia de su competencia.
Artículo 23: Corresponde
a la Dirección Nacional de Seguimiento de Medidas:
1. Participar
con las unidades organizativas adscritas a la Intendencia de Costos, Ganancias
y Precios Justos para el levantamiento de propuesta de las políticas públicas.
2.Participar
en la elaboración de las Políticas Públicas para el establecimiento de
criterios para la determinación de los márgenes de ganancias razonables a todos
los actores de la cadena de comercialización, así como lo relativo a los
precios internacionales, según lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
3. Recopilar y
analizar información recibida a objeto de coadyuvar en la elaboración de
alertas tempranas en el nivel operativo que permita realizar seguimiento a las
medidas de regulación de precios Implementadas.
4. Definir
criterios a partir de la normativa vigente, a los fines de caracterizar y
atender oportunamente los planteamientos e inquietudes de los diversos sujetos
de aplicación relacionados con la implementación de medidas de regulación de
bienes y servicios.
5. Analizar el
comportamiento de sectores específicos a los fines de recopilar y sistematizar
información necesaria para iniciar los procedimientos de determinación de
costos, ganancias y precios justos, así como el manejo de criterios de abordaje
a las solicitudes realizadas por organismos y entes tanto, públicos como
privados.
6. Establecer
criterios de abordaje a los fines de gestionar requerimientos vinculados a la
determinación de costos, ganancias y precios justos de aquellos sectores que se
encuentren fuera de las medidas de regulación.
7. Generar
mecanismos de comunicación que garanticen oportunidad en la información
necesaria que requiere la Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos
para iniciar los procedimientos de determinación de costos, ganancias y precios
justos.
8.Proponer
normativas que coadyuven en el proceso de aplicación de políticas de regulación
y control de precios, en cumplimiento del capítulo IV determinación y
modificación de precios y márgenes de ganancias del Título II del Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios
Justos.
9. Proponer
normativas y procedimientos para el registro de información en el Sistema RUPDAE.
10. Evaluar y
analizar la normativa existente en materia de regulación a fin de proponer
criterios metodológicos para el abordaje de los sectores objeto de estudio, así
como el seguimiento y actualización de las medidas vigentes.
11. Elaborar
planes de implementación de normativas de regulación, a partir de la definición
de criterios y posterior capacitación, que garantice su correcta
interpretación.
12. Generar el
registro de las solicitudes provenientes de los sujetos de aplicación, así
como, de los entes y órganos públicos del ejecutivo nacional.
13. Informar a
la Intendencia de Protección de los Derechos Socio Económicos de los
incumplimientos o irregularidades efectuadas por los sujetos de aplicación, a
los efectos de realizar los procedimientos administrativos y sanciones
aplicables.
14. Recopilar
las solicitudes de modificaciones, mejoras o cambios al Sistema RUPDAE,
emitidas por las unidades organizativas de la Intendencia de Costos, Ganancias
y Precios Justos, para optimizar la comprensión de la información solicitada a
los sujetos de aplicación.
15. Coordinar
con la Oficina de Sistemas y Tecnología de la Información para tramitar los
cambios, modificaciones o mejoras al Sistema RUPDAE.
16. Suministrar
información a las demás unidades organizativas adscritas a la Intendencia de
Costos, Ganancias y Precios Justos.
17. Suministrar
la información correspondiente a la unidad, que complementará el Informe de
Gestión mensual, trimestral y anual de la Intendencia de Costos, Ganancias y Precios
Justos.
18. Suministrar
la información requerida para la Formulación del Plan Operativo Anual de la
Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos.
19. Las demás
funciones que le confiera el Superintendente o la Superintendente Nacional para
la Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en
materia de su competencia.
Capítulo IV.
Del Despacho del Intendente o la Intendenta de Protección de los Derechos Socio
Económicos
Artículo 24: El
Intendente o la Intendenta de Protección de los Derechos Socio Económicos
garantizará la defensa y protección de los derechos socio económicos e
intereses individuales y colectivos en el acceso de los bienes y servicios en
el todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, bajo
instrucciones directas y previa aprobación del Superintendente o la
Superintendenta de la SUNDDE.
Artículo 25: Corresponde
al Despacho del Intendente o la Intendenta de Protección de los Derechos Socio
Económicos:
1. Informar al
Superintendente o la Superintendenta de la SUNDDE en materia de su competencia.
2. Establecer
los procedimientos para que las personas puedan ejercer los derechos socio
económicos en el acceso a los bienes y servicios.
3. Planificar,
coordinar, ejecutar y controlar los procedimientos de inspección y
fiscalización en los lugares dedicados a las actividades económicas y
prestación de servicios en todo el territorio de la República Bolivariana de
Venezuela, así como la verificación de la información aportada por los sujetos
de aplicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios
Justos aportada durante el proceso.
4. Tramitar
los procedimientos administrativos correspondientes al proceso de inspección y fiscalización:
inicio de la inspección/fiscalización, notificación, ejecución, levantamiento
de acta, verificación de conformidad y aplicación de medidas. Así como también
adoptar las medidas necesarias para impedir la destrucción, desaparición o
alteración de la documentación que se exija, incluidos los registrados en
medios magnéticos, o similares, así como de cualquier otro documento de prueba
relevante cuando se encuentre éste en poder del fiscalizado.
5. Sustanciar,
tramitar y decidir los procedimientos administrativos sancionatorios a los
fines de determinar la comisión de los ilícitos administrativos contenidos en
el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos; aplicar
las sanciones administrativas que correspondan, así como las medidas
preventivas procedentes.
6. Dictar
providencias administrativas que decidan los procedimientos administrativos
llevados por la Dirección Nacional de Procedimientos Administrativos.
7. Imponer las
sanciones contempladas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica
de Precios Justos.
8. Conocer de
los recursos a que haya lugar de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos.
9. Requerir a
los sujetos de aplicación o terceros, que comparezcan ante sus oficinas a dar
contestación a las preguntas que se les formulen o a reconocer firmas,
documentos o bienes.
10. Fijar las
condiciones generales de la oferta, promoción y publicidad de bienes y
servicios.
11. Proveer las
herramientas para la captación de información y formulación de criterios
técnicos que permitan hacer efectivas reclamaciones de las personas antes
conductas especulativas y otras conductas irregulares que menoscaben sus
derechos en el acceso a los bienes y servicios.
12. Servir de
enlace con los demás organismos del Estado, así como en las relaciones con
otras instituciones en materia de su competencia, siguiendo lineamientos del
Superintendente o la Superintendenta de la SUNDDE.
13. Elaborar
propuestas de instrumentos jurídicos en las materias de su competencia para la
aplicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios
Justos, en coordinación con la Consultoría Jurídica de la SUNDDE.
14. Establecer,
coordinar y supervisar las actividades relativas al procedimiento de
conciliación.
15.Fijar
lineamientos para el conocimiento, trámite y aprobación o no sobre las
solicitudes de promociones, publicidad y ofertas, incluso aquellas vinculadas a
sorteos, rifas y concursos, presentadas por los sujetos de aplicación del
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
16. Conocer de
oficio o por avocación aquellos procedimientos administrativos sancionatorios
que considere pertinente.
17.Certificar
las copias de documentos y expedientes cuyos originales reposen en la
Intendencia a su cargo.
18. Conocer de
los recursos de reconsideración contra los actos dictados por su despacho y
conocer los recursos jerárquicos contra los actos emanados de la Dirección
Nacional de Procedimientos Administrativos.
19.Formular el
Plan Operativo Anual de la Intendencia de Protección de los Derechos Socio
Económicos.
20. Generar el
Informe de Gestión de la Intendencia de Protección de los Derechos Socio
Económicos y de los proyectos institucionales.
21. Las demás
funciones que le confiera el Superintendente o la Superintendenta Nacional para
la Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en
materia de su competencia.
Artículo 26: La
Intendencia para la Protección de los Derechos Socio Económicos tendrá la
adscripción de la Dirección Nacional de Fiscalización y Protección al Usuario,
y la Dirección Nacional de Procedimiento Administrativos.
Artículo 27:
Corresponde a la Dirección Nacional de Fiscalización y Protección al Usuario:
1. Dirigir,
planificar, organizar, controlar, coordinar y supervisar las actividades
administrativas, organizativas, funcionales y operativas del personal a su
cargo en la Dirección Nacional y de los Coordinadores Regionales.
2. Ordenar la
ejecución de las inspecciones o fiscalizaciones necesarias a los fines de
verificar la conformidad o no de las obligaciones establecidas en el Decreto
con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos, por parte de los
sujetos de aplicación.
3. Ejecutar
los planes de inspección y fiscalización y practicar inspecciones de oficio o
por denuncia a los establecimientos propiedad de los sujetos de aplicación del
Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
4. Actuar
directamente en la práctica de las inspecciones y fiscalizaciones iniciadas de
oficio o a solicitud de parte, en los casos que considere necesario o por
directrices del Intendente, la Intendenta, el Superintendente o la
Superintendenta.
5.Monitorear,
ejecutar y evaluar los procedimientos de inspección y fiscalización a nivel
nacional a los fines de verificar el cumplimiento del Decreto con Rango, Valor
y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
6. Levantar
acta de inspección o fiscalización, adoptar las medidas preventivas a que haya
lugar conforme a lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
Orgánica de Precios Justos.
7. Verificar
la información recibida de los sujetos de aplicación apegadas a la Ley Orgánica
de Precios Justos, tanto en sus oficinas principales, operativas o
administrativas como en cualquier otra instalación, sede o establecimiento en
que dichos sujetos desarrollen sus actividades.
8. Requerir el
auxilio de la fuerza pública cuando lo considere necesario para la ejecución y
trámite de los procedimientos de inspección y fiscalización en cumplimiento del
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Organiza de Precios Justos.
9. Requerir de
recintos aduaneros de terceros de entes u órganos la información que estime
necesaria a los efectos de constatar los datos aportados por los sujetos de
aplicación o suplir información no aportada por éstos, lo cual se dejará
constancia mediante acta.
10. Dar inicio
a los procedimientos administrativos de oficio.
11. Prestar
apoyo y suministrar información a las demás unidades organizativas de la SUNDDE
en los casos que sea requerido y en especial a la Intendencia de Costos,
Ganancias y Precios Justos para la práctica de auditorías a los procesos
productivos o de prestación de servicio para la determinación del costo.
12. Llevar
estadísticas mensuales de las actuaciones practicadas y ejecutadas.
13. Suministrar
información a las demás unidades organizativas adscritas a la Intendencia para
la Protección de los Derechos Socio Económicos.
14. Suministrar
la información correspondiente a la Dirección Nacional a su Cargo, que
complementará el Informe de Gestión mensual, trimestral y anual de la
Intendencia para la Protección de los Derechos Socio Económicos.
15. Suministrar
la información requerida para la Formulación del Plan Operativo Anual de la
Intendencia para la Protección de los Derechos Socio Económicos.
16. Las demás que le confiera el
Superintendente o la Superintendente Nacional para la Defensa de los Derechos
Socio Económicos y demás normativas legales en materia de su competencia.
Artículo 28: Corresponde
a la Dirección Nacional de Procedimientos Administrativos:
1. Coordinar
la correcta ejecución de los procedimientos administrativos velando por el
cumplimiento de la Ley Orgánica de Precios Justos, demás leyes, reglamentos y
normativa que regulen la materia.
2. Dar inicio
a los procedimientos administrativos iniciados a solicitud de parte conforme a
la normativa legal de la materia.
3. Sustanciar
y tramitar todos los procedimientos administrativos, hasta la etapa de
decisión.
4.Elaborar el
proyecto de providencia administrativa que deberá ser revisada y suscrita por
el Intendente de Protección de los Derechos Socio Económicos, conforme a las
facultades previstas en este reglamento y la(Sic) el Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
5.Procurar la
conciliación sobre la base de los principios de la equidad, justicia y verdad
en los procedimientos administrativos a que haya lugar.
6. Certificar
las copias de expedientes cuyos originales reposen en la Dirección Nacional a
su cargo.
7. Fijar las
condiciones generales para la difusión de ofertas, promociones y publicidad de
bienes y servicios. Así como conocer, tramitar, aprobar o negar las solicitudes
de promociones, ofertas, descuentos, rifas o sorteos de bienes y servicios, a
los sujetos de aplicación que hayan cumplido con los requisitos exigidos por la
SUNDDE, garantizando la defensa de las personas en acceso a bienes y servicios.
8.Realizar
seguimiento a las ofertas, promociones y publicidad de bienes y servicios
autorizados para verificar el debido cumplimiento de los términos aprobados
para su difusión.
9. Establecer
en coordinación con la Consultoría Jurídica la forma y modelo de los actos
administrativos que emanen de la Dirección Nacional, a fin de promover la
unificación de los criterios para lograr uniformidad en los actos y las
opiniones jurídicas que se emitan en tal dependencia.
10. Diseñar
todos los formularios e instructivos que se requieran para ejecutar los
procesos de inspección y fiscalización, en coordinación con la Consultoría
Jurídica.
11. Conocer de los
recursos de reconsideración contra los actos emanados de la Dirección Nacional
a su cargo.
12. Llevar el
registro, control organización y foliatura de los expedientes contentivos de
los procedimientos administrativos que deban tramitarse por ante cada Intendencia
de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio
Económicos de acuerdo a los procedimientos previstos en el Decreto con Rango,
Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos, los cuales deberán
identificarse en orden cronológico ascendente, de acuerdo a un número que
estará constituido por: a) El orden numérico de entrada del procedimiento, b)
Año en curso.
13. Abrir el
cuaderno separado de medidas, conforme lo previsto en el Decreto con Rango,
Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.
14. Prestar
apoyo y suministrar información a las demás unidades organizativas de la SUNDDE
en los casos que sea requerido y en especial a la Intendencia de Costos,
Ganancias y Precios Justos para la práctica de auditorías a los procesos
productivos o de prestación de servicio para la determinación del costo.
15.Confeccionar
las estadísticas mensuales y anuales de los procedimientos administrativos
iniciados, en trámite, resueltas y en fase de ejecución.
16. Llevar el
archivo y la biblioteca de la SUNDDE bajo formal inventario, que firmará el
Intendente de Protección de Derechos Socio Económicos.
17. Realizar
cada tres meses, una lista de los procesos pendientes y promover la más pronta
y eficaz administración, haciendo los apercibimientos que fueren necesarios
para la resolución de los mismos.
18. Suministrar
la información correspondiente a la Dirección Nacional a su cargo, que
complementará el Informe de Gestión mensual, trimestral y anual de la
Intendencia para la Protección de los Derechos Socio Económicos.
19. Suministrar
la información requerida para la Formulación del Plan Operativo Anual de la
Intendencia para la Protección de los Derechos Socio Económicos.
20. Las demás
que le confiera el Superintendente o la Superintendente Nacional para la
Defensa de los Derechos Socio Económicos y demás normativas legales en materia
de su competencia.
Artículo 29: La presente
providencia administrativa entrará en vigencia a partir de su publicación en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
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